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Las Frontera de la República desde 1830 part 2

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Mensaje  LjFizXo Mar Jun 02, 2009 1:57 am

Para tramitar estos asuntos, Páez designó, el 6 de mayo de 1833, a su secretario de Hacienda y Relaciones Exteriores Santos Michelena con el carácter de ministro plenipotenciario en Bogotá, quien se convertía así, de hecho, en el primer representante diplomático venezolano con sede fija. Michelena presentó sus cartas credenciales al presidente Francisco de Paula Santander el 29 de agosto de 1833. Santander, a su vez, designó como plenipotenciario a su secretario de Interior y Relaciones Exteriores Lino de Pombo.
Como el Ecuador retardó durante muchos meses el envío de un plenipotenciario a Bogotá para tratar la cuestión de la deuda, Michelena y Pombo convinieron en emprender las negociaciones acerca de los problemas específicos por resolver entre Venezuela y Nueva Granada. Iniciadas el 9 de septiembre, éstas culminaron el 14 de diciembre. Con respecto al trazado de la frontera entre los 2 países.
 LÍNEAS FRONTERIZAS EN EL TRATADO MICHELENA POMBO 1833
El l artículo 27 del llamado Tratado Michelena-Pombo especificaba lo siguiente:
La línea limítrofe comenzaría en el cabo de Chichivacoa, en la costa del Atlántico y, siguiendo la línea Chichivacoa-teta de la Guajira dividiría la península en 2 partes, la occidental para Nueva Granada y la oriental para Venezuela; desde allí, seguiría rectamente por las alturas de los montes de Oca y las cumbres de Perijá hasta encontrar el origen del río Oro; luego, bajaría por sus aguas hasta la confluencia con el Catatumbo; seguiría por las faldas orientales de las montañas y, pasando por los ríos Tarra y Sardinata, iría rectamente a buscar la embocadura del río de La Grita en el Zulia; desde allí, por la curva reconocida como fronteriza, continuaría hacia la quebrada de Don Pedro y bajaría por este río al Táchira; por éste seguiría hasta sus cabeceras; luego por las crestas de las montañas donde nacen los ríos tributarios del Torbes y del Uribante, hasta las vertientes del Nula, continuando por sus aguas hasta el desparramadero del Sarare; de allí se dirigiría al sur a buscar la laguna de Sarare y, rodeándola por la parte oriental, seguiría con el derrame de sus aguas al río Arauquita; por éste, continuaría al Arauca y por las aguas de éste, al paso del Viento; desde este punto rectamente, a pasar por la parte más occidental de la laguna del Término y de allí, al Apostadero sobre el río Meta; finalmente, continuaría su dirección norte-sur, hasta encontrar la frontera del Brasil.
 DEL TRATADO MICHELENA POMBO AL LAUDO ARBITRAL DE 1891
En 1844 se inicio un nuevo periodo de negociaciones que igualmente fracaso, para entonces, el gobierno de Colombia no aceptaba ya la línea convenida en el tratado Michelena Pombo y reclamaba para si los territorios situados al sur del Meta hasta el Orinoco. En estas condiciones continuo el problema a través de negociaciones entre los dos gobiernos, con repetidos fracasos y rupturas de relaciones diplomáticas, hasta que en 1881 ambos gobiernos convinieron en someter la disputa al arbitraje del Rey de España. El laudo arbitral sobre la cuestión fue dada en Madrid el 16 de marzo de 1891 y establece una nuevo línea fronteriza.
 DEL LAUDO DE 1891 AL TRATADO DE 1941
En 1989, los gobiernos de Venezuela y Colombia designaron una comisión Mixta que inicio los trabajos de alinderamiento, de acuerdo con la estipulación del laudo de 1891. Surgieron nuevos problemas porque algunas denominaciones geográficas no se correspondían con los accidentes del terreno. Así, por ejemplo, no se pudo localizar el llamado Mogote de Los Frailes y la comisión convino en que la línea comenzara en Castilletes, dentro del Golfo de Venezuela.
A partir de entonces se abrió un nuevo periodo de negociaciones hasta 1916, cuando ambos gobiernos convinieron en someter la demarcación de la frontera a un nuevo arbitraje y, al efecto, designaron al Concejo Federal Suizo, que dicto su laudo arbitral en 1922.
El intermediario suizo confirmo casi totalmente establecida por el arbitraje español de 1891 y acogió también el punto de partida de la línea en Castillete, convenida erróneamente por la comisión mixta de 1901. En el norte, demarco la frontera desde la confluencia del rió de Oro y el Catatumbo hasta la desembocadura del rió la Grita, en el Zulia; en el sur, demarco la línea desde el rió Atabapo hasta la Piedra del Cocuy.
En esta situación continuo el problema hasta 1941, año en que se firmo el Tratado de Límites, que establece la frontera actual entre los dos países, con sus señalamiento geodésicos. Este tratado de 1941, al igual los arreglos anteriores, sigue más o menos las estipulaciones del laudo arbitral de 1891; mantiene las delimitaciones del citado arbitraje y también las demarcaciones efectuadas por los expertos suizos en 1923.es decir, el tratado actual pretende dar por terminado el largo proceso de nuestra frontera terrestre con Colombia y legalizar una situación que significa para Venezuela perder en el oeste una extensa región de su territorio.

 SITUACIÓN ACTUAL DEL PROBLEMA FRONTERIZO CON COLOMBIA
Es evidente que en el curso de las negociaciones para establecer la frontera con Colombia, los gobiernos venezolanos que han tomado partes en ellas Has sido débiles e incoherentes en sostener los derechos que asisten a nuestro país en la delimitación de su frontera.
En lugar de mantener la posición del Congreso de 1840, que rechazo el proyecto Michelena-Pombo por considerar que la frontera debía iniciarse en el Cabo de la Vela y no en Chichivacoa, nuestros gobiernos terminaron por aceptar el arbitraje de 1891 y legalizar la frontera del laudo con la firma del tratado de 1941.
En este tratado, los gobiernos de Venezuela y Colombia declaran que las diferencias sobre materia de límites entre los dos países quedan terminadas y que reconocen como definitivo e irrevocables los trabajos de demarcación hechos por las comisiones designadas anteriormente.
Sin embargo, en virtud de las convenciones de Ginebra en 1958, sobre Derechos del Mar, Colombia pidió delimitar sus aguas territoriales dentro del Golfo de Venezuela, con lo cual se ha reanudado el problema fronterizo y puesto de actualidad la validez de los acuerdos escritos entre los dos países desde 1933. En ninguno de esos acuerdos se le reconoce a Colombia derecho alguno sobre las aguas interiores del Golfo de Venezuela; y en el Tratado de Límites de 1941.
 EL DIFERENDO SOBRE EL GOLFO DE VENEZUELA
Las negociaciones entre los dos pises para delimitar las aguas marinas y submarinas en el Golfo de Venezuela se iniciaron en Bogotá en 1967.
Continuaron en Caracas en 1970, cuando quedaron suspendidas. En 1979 se inicio una nueva ronda de conversaciones que culmino en Caraballeda delegaciones de los dos países y que, a juicio de la delegación venezolana, “contiene el máximo que es posible obtener en negociaciones, logra los objetivos básicos de Venezuela y garantiza los intereses vitales del país”. El problema fronterizo con Colombia ha sensibilizado una vez más la opinión nacional y, en relación con el Golfo de Venezuela, la posición expuesta por diversos sectores es la que Venezuela no puede compartir el dominio de las aguas internacionales del golfo.
El golfo de Venezuela es una bahía histórica cuyas agua interiores son nacionales, son objetos de Soberanía Nacional de Venezuela y, en consecuencia, no podrán se jamás cedidas, traspasadas ni arrendadas, ni en forma alguna enajenadas a potencia extranjeras.
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